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Junio 5, 2008

Se establece la compra electrónica en las adquisiciones del Estado

Clasificado bajo: Noticias, Edicion 239 — El Autonomista @ 12:06 am

El Presidente Constitucional de la República, Ec. Rafael Correa, suscribió el pasado 18 de mayo, el Decreto Ejecutivo número 1091, mediante el cual, las entidades gubernamentales tienen la obligación de realizar las adquisiciones de bienes normalizados en montos inferiores a los 207,157.00 dólares, utilizando la Subasta Inversa electrónica, a través del portal www.compraspúblicas.gov.ec.

El Decreto establece que los organismos y entidades del sector público comprendidos en la Administración Pública Central y en la Administración Pública Institucional, obligatoriamente tendrán que publicar en el portal www.compraspúblicas.gov.ec, las convocatorias y los documentos precontractuales de los procedimientos de selección para adquisición de bienes, prestación de servicios y construcción de obras públicas.

Para participar en los procedimientos de contratación de bienes y servicios con las entidades del sector público a través de la Subasta Inversa electrónica, las entidades jurídicas o personas naturales, deberán habilitarse en el Registro Único de Proveedores (RUP), que administra el Ministerio de Industrias y Competitividad, MIC.

Con este Decreto Ejecutivo, el Gobierno Nacional busca simplificar y transparentar los procedimientos de la adquisición de bienes, mejorar la eficiencia de las instituciones públicas y ampliar la participación de los proveedores nacionales.

El pasado mes de abril la herramienta de la Subasta Inversa fue validada en tiempo real y electrónicamente, en un acto realizado en el Palacio de Gobierno, con la presencia del Presidente de la República, Rafael Correa, en una adquisición de computadoras que realizó Petroecuador.
La Subasta Inversa electrónica es una de las herramientas que contempla el Sistema Nacional de Contratación Pública, desarrollado por el Ministerio de Industrias y Competitividad, MIC.

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